Todos los procesos que usted necesita, con un solo proveedor

Te aseguramos las mejores comunicaciones

Nuestro sistema está comprobado y lleva funcionando desde el año 2004, certificando los envíos de los mejores profesionales del derecho español.

Esta posción de lider temporal, nos permite seguir siendo los úncios con capcidad de ofrecer tarifas y servicios acordes a las necesidades de cada despacho.

En la actualidad disponemos de un producto único que le va a permitir:

  1. Enviar cuantos correos electrónicos desee sin ninún tipo de limitación, ni de cantidad ni de contenido
  2. Enviar 500 Páginas de fax mensuales a números territoriales, los que llevan los antiguos prefijos (91,93,924...)

 

Además y como detalle de bienvenida dispone de un saldo de 50 SMS, para que los use como mejor le convenga

Todo ello por 60€/mes o por 600€/año

Lista de precios y características

Si quiere saber más iprocurea.es, Acceda a nuestra sección de preguntas frecuentes para obtener mayor información

Puede usar iprocura desde su porpio programa de correo para lo que deberá seguir las siguientes instrucciones:

  • Envie el correo/fax/sms desde un programa de correo electrónico que tenga configurada la cuenta con la que se dió de alta.
  • Si quiere enviar un correo electrónico p.e. a la cuenta info@iprocura.es, deberá hacer lo siguiente:
  1. Redacte con su programa de correo un correo normal, con adjuntos o sin adjuntos
  2. Cambie la "@" de la cuenta por el signo "+"
  3. Añada el conjunto "@iprocura.net", es muy importante no confudirse y poner "@iprocura.net"
  4. El resultado final debe ser "info+iprocura.es@iprocura.net"
  5. Compruebe desde su panel de usuario el estado del envío
  6. Si quisiera enviar a varios destinatarios, deberá hacer con todos ellos lo mismo

 

  • Si quiere enviar un fax p.e. al número 910000000, deberá hacer lo siguiente:
  1. Inicie un correo nuevo.
  2. como destinatario ponga "910000000@iprocura.net", donde "910000000" es el numero del fax del destinatario.
  3. Compruebe desde su panel de usuario el estado del envío
  4. Si quisiera enviar a varios destinatarios, deberá hacer con todos ellos lo mismo

 

  • Si quiere enviar un SMS p.e. al número 600000000, deberá hacer lo siguiente:
  1. Inicie un correo nuevo.
  2. como destinatario ponga "600000000@iprocura.net", donde "600000000" es el numero del fax del destinatario.
  3. Compruebe desde su panel de usuario el estado del envío
  4. Si quisiera enviar a varios destinatarios, deberá hacer con todos ellos lo mismo

 

Nota los números 910000000 y 600000000, son números que no existen.

Envíos de mail, fax o sms

Envía correos electrónicos, faxes o sms con la garantía de la certificación notarial

Ya no te podrán decir "No he recibido el correo" o "El documento que me has enviado, está en blanco"

Está incluido

  • Certificamos fecha y hora de emisión
  • Certificamos fecha y hora de recpeción
  • Certificamos todos los adjuntos
  • Certificamos todo el texto
  • Acceso al seguimiento 24 horas al dia 7 días a la semana
  • Custodia de la documentación durante al menos 5 años
  • Envía a cualquier número móvil de red nacional.
  • Envía a cualquier correo electrónico.
  • Envía a números de fax territoriales Españoles.

Están excluidos:

  • Envíos a número de tarificación adicional o servicios profesionales, 908/907/905/904/903
  • Envíos a los denominados SMS premium o de tarificación adicional.

Conllevan sobrefacturación :

  • Envíos de fax a números de R.I. (902/901) , el coste adicional es de 0,30€/página
  • Envíos de Fax a servicios móviles (60X) , el coste adicional es de 0,30€/página

Lista de precios completa

Forma de trabajar con iprocura.es

iprocura.es, no le va a suponer ningún cambio de forma de trabajar, usted va a poder seguir enviando toda su documentación tal y como lo hace ahora, la ventaja está en que toda la información que usted procese desde la plataforma, va a quedar registrada en nuestro sistema y en protocolo Notarial

Forma de trabajo Actual

Forma de trabajo con nuestra plataforma

 

Requisitos técnicos

  • Ordenador Pentium o superior.
  • 2 Gb de memoria Ram o superior.
  • Sistema operativo Windows XP o superior.
  • Sistema de escaneado
  • Sistema de gestión de la información (programa de gestión), si no dispone de ninguno, consulte nuestra relacion de empresas que han integrado nuestro sistema en su programa.

Si desea evaluar el programa, puede descargarse una versión de evaluacion desde aquí, para ello debe seguir estos pasos:

  1. Descarge el instalador
  2. Regístrese en la página web
  3. Una vez registrado, recibirá un correo con un número de serie.
  4. Proceda a la instalación del programa.
  5. Una vez instalado y cuando se ejecuta este,le van a pedir que insterte el número de serie que le ha venido junto con el correo de bienvenia.

 

Normativa aplicable

Iprocura.es, se encuadra dentro de la figura del denominado "Tercero de confianza", figura que se encunetra recogida dentro de nuestra legislación entre otras en las siguientes leyes y normativas:

Artículo 326 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

"Para que las pruebas acreditativas no sean unilaterales o de parte, es necesario que sean generadas por Terceros de Confianza, que actuén como nodos neutros y ajenos a las partes, de forma que generen y custodien las pruebas electrónicas que demuestren de forma indubitada que la transacción se ha producido, custodiando los términos de la misma durante 5 años –según ley- , custodiando el contenido, datos de las partes, fecha y hora de la transacción"

LEY 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónicode la contratación de bienes y servicios por vía electrónica, el suministro de información por dicho medio.

"1. Las partes podrán pactar que un tercero archive las declaraciones de voluntad que integran los contratos electrónicos y que consigne la fecha y la hora en que dichas comunicaciones han tenido lugar. La intervención de dichos terceros no podrá alterar ni sustituir las funciones que corresponde realizar a las personas facultadas con arreglo a Derecho para dar fe pública.

2. El tercero deberá archivar en soporte informático las declaraciones que hubieran tenido lugar por vía telemática entre las partes por el tiempo estipulado que, en ningún caso, será inferior a cinco años. "